Base de Conocimientos : DOCUMENTACIÓN LABORAL
ANEXO DE CONTRATO REDUCCIÓN JORNADA Y REMUNERACIÓN
Publicado por Freddy Cea el día 08 November 2017 06:10 pm

ANEXO DE CONTRATO DE TRABAJO

Con fecha .... de ................ de 2018, entre ………………………………………, representada por don ……………………………………………. y el trabajador don (ña) ......................................................................., todos ya individualizados en contrato de origen, acuerdan modificar el contrato de trabajo en las siguientes materias:

 

  1. A contar del día………….. , la jornada de trabajo sera de … horas semanales, las que se distribuirán en algunos de los siguientes horarios que a continuación se pactan, esto en conformidad a lo dispuesto en el articulo 40 bis del Código del Trabajo:
    1. ……
    2. …..
    3. …..

 

  1. A partir del ……., fecha el trabajador por las labores realizadas será remunerado en la siguiente forma:

 

Sueldo base mensual: $.................. (…… pesos)

 

Gratificación: La que se pagara de acuerdo a la modalidad del articulo 50 del Código del Trabajo, esto es, el 25% de la remuneración devengada por el trabajador, con tope de 4,75 Ingresos Mínimos Mensuales, la cual se pagara mensualmente en el equivalente a un duodécimo de los 4,75 Ingresos Mínimos Mensuales. Tope que ajustara proporcionalmente a la jornada parcial pactada de acuerdo a lo señalado en el articulo 40 Bis B inciso segundo del Código del Trabajo. Con este pago se entenderá cumplida la obligación de la empresa de pagar gratificación legal.

 

El trabajador acepta y autoriza al empleador para que este practique de sus remuneraciones los descuentos a que se refiere el inciso primero del articulo 58 del Código del Trabajo como asimismo, descuente el tiempo no trabajado debido a inasistencias, atrasos o permisos, además de las multas señaladas en el Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.

 

Segundo: La asignación de colación y movilización que el trabajador percibía por la prestación de sus servicios, a partir de esta fecha dejara de ser pagada, entendiéndose por eliminada o suprimido el aludido beneficio.

 

 

 

 

EMPLEADOR                                                                                  TRABAJADOR

RUT:                                                                                                                    RUT: