Base de Conocimientos : DOCUMENTACIÓN LABORAL > CARTAS DE AVISO DESPIDO Y FINIQUITOS > ARTICULO 161
161 NECESIDADES DE LA EMPRESA DOCENTE
Publicado por Freddy Cea el día 07 November 2017 11:15 am

AVISO DE TERMINO DE CONTRATO

 

SEÑOR:

…………………..

PRESENTE

 

En Santiago a .... de ……… de 2018

Estimado señor:

Nos permitimos comunicar a usted que con …. días de anticipación, que a su contrato de trabajo  se le pondrá termino con fecha … de ……….. de ……, por la causal del término contemplada en el inciso primero del artículo 161 del Código del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa, establecimiento o servicio.

Los hechos en que se funda la causal invocada consisten en que …………………………………………………….. , lo cual nos obliga a su separación.

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 162 del Código del Trabajo es que se viene a señalar que por concepto de indemnización por años de servicios se  pagara los siguientes valores:

 

Indemnización por años de servicio               $.........................

Indemnización sustitutiva del aviso previo     $.........................

Feriado proporcional                                    $.........................

(Descuento Seguro de cesantía)                   $.........................

 

Total                                                          $.........................

 

 

Le informo que sus cotizaciones previsionales se encuentran al día, situación que se acredita mediante los certificados / copia de planillas de cotizaciones previsionales correspondientes a su periodo laborado.

Saluda a usted,

 

Nombre empleador

Rut empleador

 

 

 

Nota: Las formalidades de esta comunicación de término son:

1.- el Trabajador debe ser notificado personalmente con a lo menos 60 días de anticipación al inicio del año escolar siguiente.

  1. Especial importancia se debe tener presente en lo sonsignado en el inciso 1° del artículo 87 del Estatuto Docente, en cuyo caso el preaviso de término de contrato debe darse a lo menos con 60 días de anticipación al día anterior al primero del mes en que se inician las clases en el año escolar siguiente.

3.- Se debe notificar a la Inspección del Trabajo dentro del mismo plazo del punto anterior, las comunicaciones a la Inspección deben hacer vía el portal Web de la Dirección del Trabajo.

  1. En materia docente se debe observar detalladamente el feriado proporcional.
  2. Es facultativo del empleador el descuento del seguro de cesantía.

 

Adjuntos
ARTICULO 161 DOCENTE.doc (64 KB)