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160 N° 2 NEGOCIACIONES QUE EJECUTE EL TRABAJADOR DENTRO DEL GIRO
Publicado por Freddy Cea el día 07 November 2017 10:52 am

AVISO DE TÉRMINO DE CONTRATO DE TRABAJO

 

SEÑOR:

…………………..

PRESENTE

 

En Santiago a .... de ……… de 2018

Estimado señor:

 

 

Nos permitimos comunicar que, con esta fecha, …. de ………. de 2018, se ha resuelto poner término al contrato de trabajo que lo vincula con la empresa, por la causal del artículo 160, número 2, del Código del Trabajo, esto es, Negociaciones que ejecute el trabajador dentro del giro del negocio y que hubieren sido prohibidas por escrito en el respectivo contrato por el empleador”.

 

Los hechos en que se funda la causal invocada consisten en que usted fue sorprendido el realizando negociaciones dentro de la misma actividad de negocios de la empresa, consistentes en …………………………., situación que se encontraba expresamente prohibida en su contrato de trabajo.

 

Le Informo que sus cotizaciones previsionales se encuentran al día. Además, le adjunto los comprobantes de las instituciones previsionales a las que se encuentra afiliado, que dan cuenta que las cotizaciones previsionales, de los meses trabajados, se encuentran pagadas.

 

Saluda a usted,

    

 

 

 

NOMBRE

CARGO

NOMBRE EMPRESA

 

 

Nota: Las formalidades de esta comunicación de término son:

1.- el Trabajador debe ser notificado personalmente o bien vía correo certificado dentro de los 3 días hábiles siguientes de concluida la relación laboral.

2.- Se debe notificar a la Inspección del Trabajo dentro del mismo plazo del punto anterior, las comunicaciones a la Inspección deben hacer vía el portal Web de la Dirección del Trabajo.

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